viernes, 8 de julio de 2016

Implicaciones Legales


1)
El derecho de autor tiene una razón de ser válida y coherente Es cierto que una primera mirada a los debates que están surgiendo sobre esta materia nos hace llegar a la conclusión de que se trata de un sistema básicamente recaudatorio.
Pero lo cierto es que, cuando uno indaga un poco más, puede entender y aceptar las razones que subyacen tras la reivindicación de una protección para las creaciones del intelecto humano.
Todos en algún momento somos o hemos sido creadores de alguna obra: desde la época del colegio, con los típicos trabajos escolares, hasta nuestra actividad profesional, realizando artículos, ponencias o comentarios para blogs como éste.
Y a todos nos gusta que se nos reconozca el esfuerzo y la creatividad que hemos invertido en aquello que hemos hecho.
Ese es el fundamento de la protección del derecho de autor y es la base a partir de la cual se construye todo un sistema dirigido a potenciar y proteger a aquellos sujetos que dedican sus esfuerzos a crear obras con las que podemos disfrutar los demás.
2)
Si entendemos bien la base del derecho de autor seremos capaces de rebatir mejor algunos planteamientos actuales que se están alejando de dicha base.
Evidentemente, mi afirmación anterior no quiere decir que esté 100% de acuerdo con muchas de las ideas y planteamientos que se defienden en la actualidad.
Creo que hasta cierto punto se está utilizando un concepto (el de la protección del derecho de autor) de forma errónea. Se pretende que el derecho de autor se convierta en un vehículo que permita solventar cualquier agravio económico de creadores e industrias ligadas al mundo de la creación.
Se repite hasta la saciedad la idea de que “el autor tiene derecho a vivir de su obra”: yo estoy totalmente de acuerdo con esta afirmación, pero no considero que el autor vaya a conseguir (ni siquiera que tenga que conseguir) única y exclusivamente ese objetivo a base de cobrar cánones por cualquier tipo de uso que se realice de su obra.
Y aquí, un ejemplo (o eso creo) de por qué es importante entender bien la base del derecho de autor para rebatir ciertos planteamientos: cuando uno comprende cual es la finalidad de los cánones compensatorios es cuando llega a la conclusión de que muchos de los planteamientos actuales que presentan los titulares son, cuanto menos, rebatibles.
En mi opinión, un canon (sea por copia privada, sea por préstamo público) tiene como finalidad compensar al titular del derecho de autor por una explotación de su obra que, no siendo autorizada por él (ya sea porque no puede controlar que ocurra – caso de la copia privada – o porque sea la ley la que autorice a hacerla – caso del préstamo público -) le causa un perjuicio del que es necesario resarcirlo.
Pues bien, la clave debe ser justamente esa necesidad de resarcir. Debe evaluarse correctamente el perjuicio que se le causa al titular antes de determinar la necesidad de un canon y también, si se considera que debe introducirse el canon, la cuantía de éste.
3)
Estamos en un momento de crisis del concepto, la regulación y la utilidad misma del derecho de autor. Pero ojo, no lo digo para que empecemos a dar por finiquitado el sistema.
La crisis es lógica si tenemos en cuenta que los medios y las vías por las cuales circulan las obras han variado (y sigue variando).
Como en toda buena crisis, la tendencia inicial es cuestionarlo todo y eso es algo que me parece muy válido e incluso útil sobre todo si dicho cuestionamiento se hace desde la base de un buen conocimiento de la materia.
Ese conocimiento nos permitirá discernir entre lo que sería la razón de ser del sistema y las derivaciones más o menos acertadas que haya podido sufrir. Nos permitirá proponer modelos más acordes con la realidad cambiante. Nos ayudará a establecer nuevas reglas del juego que consigan mantener un equilibrio entre todos los intereses en juego.
Y sobre todo, nos permitirá defender mejor las necesidades e intereses de nuestros usuarios sin olvidar el obligado respeto que se le debe a todo aquel que hace posible que la cultura crezca y evolucione.
La pagina de indautor, que es donde se registran tus obras, publica completamente la Leyy Federal de Derecho de Autor, ahi podras informarte mas sobre esta ley y evitar caer en alguna implicacion.

http://www.indautor.gob.mx/documentos_normas/leyfederal.pdf

Derechos de autor y licenciamientos




Los derechos de autor constituyen uno de los principales derechos de propiedad intelectual, cuyo objetivo es dar solución a una serie de conflictos de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales, los editores y demás intermediarios que las distribuyen y el público que las consume (Bondía, 1988).

Junto a los derechos de autor se encuentran los denominados derechos afines, conexos o vecinos, entre los que podemos mencionar los de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión. Si utilizamos el término en inglés (intellectual property), su sentido es todavía más amplio, ya que también incluye lo que en España se denomina propiedad industrial, esto es, patentes, marcas, diseños industriales, etc.

El término “copyright”, tan utilizado internacionalmente, proviene del derecho anglosajón. En concreto, el Estatuto de la Reina Ana (1709), en Inglaterra, fue la primera norma en el mundo sobre los derechos de autor, y sirvió de inspiración para las legislaciones nacionales de otros países anglosajones, entre ellos Estados Unidos.
El termino derechos de autor, debe estar muy presente en todo empresa o inlcuso en pequeños negocios, ya que si pasan por alto este termino, puede generar muchos problemas a la empresa, desde advertencias hasta demandas graves por violar los derechos de autor.
Es muy recomendable investigar e informarse en que lugares se puede registrar ya sea un, logotipo, la empresa o ambos al mismo tiempo, la pagina recomendable para esto es www.impi.com.mx. El objetivo del IMPI es que los usuarios puedan registrar desde Internet sus Marcas y Patentes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), ahorrando costos de visitas y reduciendo tiempos de respuesta. En esta pagina puedes registrar tus marcas, patentes y logotipos en muy poco tiempo y muy facil, y con su busqueda de registros puedes verificar si lo que quieres registrar no esta registrado por alguien mas, eso facilita la rapidez y claridad de los registros.
En este video podemos ver un pequeño ejemplo de como registrar en este caso un logo en la pagina del impi.